martes, 8 de enero de 2013

"Máximo Crédito del 15% a través de inversiones acogidas al 57 Bis"

Considerando las cifras del año 2012, para determinar el monto máximo al cual se puede acceder con las inversiones que se acogen al art. 57 bis, debemos considerar los siguientes topes:

· Ahorro Neto Positivo (ANP) del ejercicio
· 30% Base Imponible Anual
· 65 UTA

Tomando como ejemplo, el caso de una persona que realizó inversiones en Fondos Mutuos por un total de $31.360.680 en el mes de enero de 2012, y su Base Imponible Anual es de $108.000.000, el máximo crédito al cual puede aspirar es de $4.704.102.

 
i) ANP del ejercicio - 2012 $ 53.520.000
ii) Tope : ANP del ejercicio 2012:  
  30% de la base imponible anual afecta al impuesto de segunda categoría…..$30.489.932………………… $ 32.400.000
  65 UTA, diciembre 2012 $ 31.360.680
= Total ANP a utilizar en el ejercicio 2012, corresponde a la cifra menor de las letras i) e ii) precedentes $ 31.360.680

 

Así, obtiene el retorno máximo garantizado del 15% que entrega esta franquicia tributaria.
Por tanto, revise periódicamente su situación, de manera de saber si está o no sacando el máximo provecho a sus inversiones. Contáctenos al mail previsionypatrimonio@gmail.com

 

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